Pilas y acumuladores: tipos, impacto ambiental y normativa
Las pilas y los acumuladores eléctricos se han convertido en una fuente de energía indispensable en nuestro día a día. Multitud de aparatos, electrodomésticos o sus accesorios necesitan pilas para su funcionamiento, desde el mando a distancia hasta la batería del móvil. En España, en el año 2004, se vendieron 400 millones de unidades de pilas y acumuladores, lo que suponen unas 15000 toneladas, y da una idea de la dependencia que la sociedad actual tiene con respecto a estos artículos.
Hay distintos tipos de pilas y acumuladores que son los que siguen:
PILAS
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Pila Leclanché o pila seca
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Pila alcalina
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Pila de botón
ACUMULADORES
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Niquel- Cadmio (Ni- Cd) o Niquel- Hidruro Metálico (Ni- MH): son las pilas recargables
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Ion- Litio: baterías de móviles, portátiles o cámaras de vídeo
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Plomo- ácido: las baterías de coches
Fuente: Proyectoverde.com
Como puede comprobarse, todas tienen una característica común: estar compuestas por sustancias altamente contaminantes y tóxicas como son los metales pesados: Zinc, Cadmio, Mercurio, Plomo, Niquel, etc. Los metales pesados son sustancias muy persistentes en el medio ambiente al no ser degradables ni química ni biológicamente, por lo que permanecen en el medio, incorporándose a las cadenas tróficas y acumulándose en los tejidos de los seres vivos hasta alcanzar niveles tóxicos. Los residuos de las pilas y acumuladores se clasifican, por tanto, como residuos peligrosos para la salud y el medio ambiente.
El Real Decreto 106/2008 de 1 de febrero sobre pilas y acumuladores, y la gestión ambiental de los mismos tiene como objeto la regulación por norma de este tipo de residuos y su gestión. Este Real Decreto basándose en los principios de “quien contamina paga” y de “responsabilidad” del productor establece como objetivos:
“a) Prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores, facilitar su recogida selectiva y su correcto tratamiento y reciclaje, con la finalidad de reducir al mínimo su peligrosidad y de evitar la eliminación de las pilas, acumuladores y baterías usados en el flujo de residuos urbanos no seleccionados.
b) Establecer normas relativas a la puesta en el mercado de pilas, acumuladores y baterías y, en particular, la prohibición de la puesta en el mercado de pilas y acumuladores que contengan determinadas cantidades de sustancias peligrosas; y
c) Establecer normas específicas para la recogida, tratamiento, reciclaje y eliminación de los residuos de pilas y acumuladores y promover un alto nivel de recogida y reciclaje de estos residuos.”
En este Real Decreto quedan englobados todos los tipos de pilas y acumuladores, y también se establecen los límites máximos de sustancias peligrosas que contendrán las pilas y acumuladores que se pongan a la venta, p.ej: 0,005 gramos de mercurio en peso ó 0,02 gramos de cadmio en peso.
Además, se marcan objetivos de recogida y reciclaje para los años venideros:
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Un 25 por ciento de recogida en 2011 y un 45 por ciento en 2015 para pilas y acumuladores portátiles
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Un 90 por ciento en 2009 y un 95 por ciento en el 2.011 en el sector de la automoción
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Un 95 por ciento en 2011 en el sector industrial
Vía: Europapress
Foto: Scaledeeper
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Etiquetas: acumuladores, impacto ambiental, legislación, metales pesados, pilas, residuos, sostenibilidad
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